Debido a la época decembrina, la administración municipal del Municipio Industrial a través del Decreto 384 autorizó la ampliación de los horarios de atención al público en los establecimientos de comercio del municipio de Dosquebradas, que se dedican al expendio y consumo de licor dentro del mismo.

Los establecimientos comerciales ubicados en la Avenida Simón Bolívar desde el sector de La Popa hasta La Romelia, podrán funcionar hasta las 4:00 de la madrugada los días viernes y sábado, y hasta las 2:00 de la madrugada de lunes a jueves.
Los establecimientos ubicados en el sector de La Pradera, podrán funcionar hasta las 3:00 de la madrugada los días viernes y sábado, y de lunes a jueves hasta las 2:00 de la madrugada.
Los establecimientos cuya actividad principal sea la venta de alimentos como restaurantes, asaderos, parrillas y similares y que tengan como actividad subsidiaria o secundaria el consumo de licor en el local, funcionarán hasta las 5:00 de la mañana, viernes y sábado, y de lunes a jueves hasta las 3:00 de la mañana, siempre y cuando se encuentren ubicados en zona comercial e industrial.
Los establecimientos cuya actividad principal sea la venta de alimentos como restaurantes, asaderos, parrillas y similares y que tengan como actividad subsidiaria o secundaria el consumo de licor en el local, funcionarán hasta las 5:00 de la mañana, viernes y sábado, y de lunes a jueves hasta las 3:00 de la mañana, siempre y cuando se encuentren ubicados en zona comercial e industrial.
Mientras que los que se encuentren ubicados en la Avenida Simón Bolívar desde el sector de La Popa hasta La Romelia, podrán funcionar hasta las 4:00 de la madrugada los días viernes y sábado, y hasta las 2:00 de la madrugada de lunes a jueves.
Los establecimientos públicos ubicados en el perímetro de Dosquebradas que funcionan en las zonas como la Avenida Circunvalar y la Avenida Troncal de Occidente, que se dedican al expendio y consumo de bebidas alcohólicas, dentro de los mismos locales, será hasta las 3:00 de la madrugada los días viernes y sábado, y los días lunes a jueves hasta las 2:00 de la madrugada.
Afirma el Decreto que si se incumplen las normas básicas de contaminación sonora y se exceden los horarios establecidos, la Secretaría de Gobierno y la Policía Nacional procederán a cerrar inmediatamente el establecimiento en mención y aplicará las sanciones que sean de su competencia, la cual para estos casos será de multa o cierre temporal del establecimiento de comercio.